Información sobre el pago de la Pensión Garantizada Universal

Desde junio de 2022 en adelante, el Instituto de Previsión Social (IPS) es el encargado de pagar el nuevo beneficio estatal conocido como Pensión Garantizada Universal (PGU) a quienes sean beneficiarios de éste. Tu Renta Vitalicia seguirá siendo pagada por Penta Vida.

Dichos pagos se realizarán en el mismo medio de pago que tienes registrado en tu Zona Cliente.

gráfica liquidación de pensión

¿Cómo impacta este cambio en tu liquidación de pensión?

La liquidación de pensión que mensualmente puedes obtener desde tu Zona Cliente tiene algunos cambios. El cambio principal es que se muestra en dos cuadros por separado el detalle de haberes y descuentos de Penta Vida y del Instituto de Previsión Social (IPS).

Si eres beneficiario de la PGU, conoce aquí cómo se verá tu nueva liquidación de pensión.

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Datos pensionado y/o apoderado.

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Resumen de pago Penta Vida + IPS

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Detalle del monto a pagar por Penta Vida.

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Detalle del monto a pagar por el IPS

¿Qué es la Pensión Garantizada Universal?

La Pensión Garantizada Universal tiene como objetivo mejorar las pensiones de los actuales y futuros pensionados, a través de un aporte máximo de $206.173 a todas las personas de 65 años o más, que no integren un grupo familiar perteneciente al 10% más rico de la población de 65 años o más.

Pareja de pensionados

La PGU reemplaza al actual Pilar Solidario. A partir del 1 de febrero y hasta el 31 de julio de 2022 acceden a la PGU quienes cumplan o hayan cumplido los requisitos para acceder a la Pensión Básica Solidaria o Aporte Previsional Solidario actuales. Quienes cumplan con lo anterior, verán su pensión ajustada al nuevo monto automáticamente y la recibirán de su compañía pagadora en su medio de pago actual hasta mayo de 2022. A partir de junio 2022 la PGU es pagada por el Instituto de Previsión Social (IPS).

Desde el mes de agosto 2022 la PGU se hará extensible a todos quienes cumplan los siguientes requisitos:

  • Tener 65 años o más.
  • No integrar un grupo familiar perteneciente al 10% más rico de la población de 65 o más años de edad.1
  • Acreditar residencia en Chile de al menos 20 años, continuos o discontinuos, contados desde los 20 años de edad. Además, deben haber residido en el país al menos 4 de los últimos 5 años anteriores a la fecha en que se presenta la solicitud.
  • Contar con una pensión base inferior a $1.114.446 (la pensión base es el resultado de la suma de los ahorros obligatorios más pensiones de sobrevivencia y pensiones de los regímenes administrados por el IPS, que pudiera estar recibiendo el pensionado.)

Nota (1) A partir de abril 2023 el requisito será no integrar un grupo familiar perteneciente al 10% más rico de la población de Chile.

La PGU considera un pago mensual máximo de $206.173, que se sumará a la pensión autofinanciada (la que proviene de los ahorros que el afiliado acumuló en su cuenta obligatoria) y/o al ingreso, si el afiliado estuviera trabajando, y reemplazará los beneficios actuales del Pilar Solidario para quienes los tuvieran. El monto del beneficio dependerá de monto de pensión de cada persona.

El monto de este beneficio corresponderá a un aporte mensual proporcional que dependerá del rango de la pensión base de cada persona. Así, quienes tengan una pensión base menor o igual a $702.101 recibirán $206.173 y para quienes se encuentren en el rango de pensión base entre $702.101 y $1.114.446, el aporte mensual de la PGU irá disminuyendo por tramo progresivamente.

Preguntas frecuentes

Para quienes reciben PGU actualmente

Preguntas frecuentes

Para quienes no reciben PGU actualmente

Si trabajas no pierdes el beneficio de la PGU siempre y cuando el IPS determine que sigues cumpliendo los requisitos exigidos.

Existen algunos casos en que puedes perder los beneficios de la PGU, son los siguientes:

  • Si no cobras la PGU durante 6 meses corridos.
  • Si no entregas los antecedentes solicitados por IPS para acreditar que cumples los requisitos. Tienes hasta 3 meses para entregar dichos antecedentes.
  • Cuando el beneficiario fallece, el beneficio se extingue el último día del mes de su fallecimiento.
  • Si permaneces fuera de Chile por 180 días, continuos o discontinuos, durante 1 año calendario.
  • Si los antecedentes que entregues a IPS están incompletos, erróneos o falsos.