La Pensión de Invalidez tiene como objetivo proveer de ingresos a los trabajadores que, por razones médicas, se ven incapacitados para seguir desempeñándose en su trabajo. Te contamos más detalles de este beneficio en el siguiente artículo.

Requisitos para acceder a una Pensión de Invalidez

La Pensión de Invalidez, es un beneficio para a aquellos trabajadores que están afiliados a una AFP  y que a consecuencia de una enfermedad o debilitamiento de sus fuerzas físicas o intelectuales pierdan su capacidad de trabajo.

Los requisitos para recibir una pensión de invalidez son:

  • Estar afiliado a una AFP y no encontrarse pensionado.
  • Tener menos de 65 años de edad, tanto para hombres y mujeres que hayan optado por continuar cotizando el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia.
  • Haber sido declarado inválido por una de las Comisiones Médicas dependientes de la Superintendencia de Pensiones.
  • Que la incapacidad no se deba a una enfermedad o accidente laboral.

Para obtener el beneficio de Pensión de Invalidez, el afiliado o afiliada debe realizar la solicitud de pensión y calificación de invalidez en su AFP. Esta solicitud es enviada a la Comisión Médica Regional que corresponda según el domicilio de la persona. Después de una evaluación del caso en la que participan profesionales de la salud se determinará si se cumplen las condiciones para el beneficio y se califica su grado, emitiendo un Dictamen de Invalidez.

Tipos de Pensión de Invalidez

Dependiendo del grado del menoscabo de las capacidades del trabajador, la Comisión Médica Regional puede dictaminar una pensión con carácter de definitiva o transitoria, la que a su vez puede ser  total o parcial:

  • Pensión de Invalidez Total Definitiva: se le otorga a afiliados con una pérdida de al menos dos tercios de su capacidad de trabajo.

En este caso los afiliados pueden seleccionar una modalidad de pensión haciendo uso de los recursos o sus ahorros previsionales pudiendo optar por Retiros Programados en una AFP  o una Renta Vitalicia en una Compañía de Seguros como Penta Vida.

  • Pensión de Invalidez Parcial Transitoria: se le otorga a afiliados con una pérdida igual o superior al cincuenta por ciento e inferior a dos tercios de su capacidad de trabajo.

El dictamen de invalidez tendrá el carácter de transitorio por 3 años durante este tiempo no podrá seleccionar una modalidad de pensión. Posterior a esto, la Comisión Médica hará una reevaluación y decidirá si la invalidez es de carácter definitivo y el grado de invalidez correspondiente.

Si hablamos de la pensión de invalidez es muy importante destacar el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia y como actúa en estas pensiones, de esta forma el seguro financia las pensiones transitorias por 3 años para quienes son calificados con una invalidez parcial transitoria.

Cuando la invalidez es definitiva, el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia te entrega un aporte adicional a los fondos de tu cuenta individual, el cual es equivalente al capital necesario para financiar tus pensiones futuras y las de tus beneficiarios. Para determinar el monto del aporte se considera que el valor de tu pensión será del promedio de tus rentas de los últimos 10 años, en el caso de invalidez parcial el 50% del promedio, o el 70% para una invalidez total.

Los afiliados que soliciten su Pensión de Invalidez estando desempleados por un período superior a 12 meses o que siendo independientes no hayan enterado su cotización en el mes anterior no pueden acceder al Seguro de Invalidez y Sobrevivencia, por ello la pensión se obtendrá sólo con los ahorros existentes en la cuenta individual de su AFP

Si te encuentras en esta situación o necesitas más información, te invitamos a contactarnos a través de nuestras plataformas online.