Al llegar el momento de la jubilación, muchas personas deciden seguir trabajando, ya sea para generar ingresos adicionales (por necesidad) o simplemente porque prefieren mantenerse activas. Ahora, con esto viene la duda de cómo cotiza un trabajador jubilado y cuáles son las obligaciones previsionales que se mantienen.

Si te encuentras en esta situación, a continuación encontrarás en detalle cómo se gestionan las cotizaciones previsionales una vez que te hayas pensionado, y en qué casos es posible eximirse de estos pagos.

¿Es obligatorio cotizar como trabajador jubilado?

Primero, se debe diferenciar entre las cotizaciones previsionales que aplican a todos los trabajadores -incluyendo a los jubilados-, y aquellas de las que estás exento después de la jubilación.

Cotizaciones obligatorias

Las cotizaciones obligatorias corresponden al aporte de salud que establece el Decreto Supremo 3.500. En este caso, se trata del 7% de la renta para cualquier trabajador dependiente.

Un aspecto a considerar es que, cuando eres jubilado y decides seguir trabajando, las cotizaciones de salud se deben pagar por cada trabajo. Es decir, el descuento del 7% se aplicará sobre el sueldo que recibes como asalariado y sobre el monto que recibes por concepto de pensión, ya que ambas son una renta en términos legales.

Ahora, es importante precisar que si la suma de las cotizaciones de salud exceden el valor del plan de salud contratado en la Isapre, ese monto se traducirá en excedentes.

Exenciones

Por el contrario, no tienes la obligación de seguir cotizando para el fondo de pensiones si estás jubilado y continúas trabajando. Sin embargo, para formalizar la exención de cotizaciones previsionales es necesario realizar una petición formal.

En el caso de personas de 65 años o más que prefieran seguir cotizando, es importante destacar que el empleador no tendrá que pagar el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia.

Sin embargo, en el caso de las mujeres jubiladas que siguen trabajando y cotizan en el sistema previsional, sus empleadores deberán pagar el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia hasta los 64 años y 364 días.

Cabe mencionar que, si bien existe el derecho a la exención, muchas personas prefieren seguir cotizando, especialmente aquellos pensionados bajo Retiro Programado, ya que el monto de la pensión aumentaría cuando la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) haga el recálculo anual.

Sin embargo, si lo que buscas es garantizar un ingreso fijo cuando te jubiles, la Renta Vitalicia es la modalidad de pensión que buscas. Aquí, recibirás un pago fijo en UF hasta el día de tu fallecimiento, con lo que puedes eximirte del pago de cotizaciones y ocupar este excedente en lo que consideres adecuado.

¿Cómo eximirse de cotizar para pensión?

Según la Superintendencia de Pensiones, la solicitud de exención se debe presentar por escrito a tu empleador y a la AFP a la que estás afiliado.

Seguir trabajando como jubilado te permite generar un ingreso que sirve de complemento al monto de tu pensión. Considerando que hay algunas desventajas -como tener que pagar cotizaciones de salud por ambos ingresos-, algunas personas eligen retrasar la jubilación y seguir cotizando en lugar de recibir dos rentas, pero esta es una decisión que dependerá de tus proyectos de vida y tu situación económica.

En todo caso, y más allá de las finanzas, mantenerte activo laboralmente puede ser muy beneficioso para tu salud física y mental, especialmente si te pensionas con Renta Vitalicia. Así, podrás hacer un mejor uso de tu dinero, con la tranquilidad que brinda recibir un monto fijo hasta que fallezcas, permitiendo una mejor planificación financiera en esta etapa tan importante de tu vida.