En el marco del DL N.° 3.500, cuando un afiliado al sistema de Administradoras de Fondos de Pensión (AFP) fallece, el o la cónyuge tienen derecho a recibir la pensión de sobrevivencia. Por supuesto, para acceder al beneficio tienes que cumplir los requisitos para cobrar pensión de viudez y cursar el trámite ante la AFP o Compañía de Seguros de Vida que corresponda. A continuación, aclararemos las dudas al respecto.

Pero antes ¿de cuánto es la pensión de viudez en Chile?

El o la cónyuge sobreviviente, que es quien recibe pensión de viudez, tiene derecho por ley a recibir un porcentaje de la pensión que el difunto percibía, definido en función de las siguientes condiciones:

Condición del conviviente civil Monto de la pensión
Cónyuges sin hijos comunes ni del fallecido 60%
Cónyuge con hijos con derecho a pensión 50% (sube a 60% cuando los hijos dejan de recibir el beneficio)
Conviviente civil sin hijos comunes ni hijos del causante 60%
Conviviente civil con hijos comunes con derecho a pensión 50%
Conviviente civil con hijos comunes y con hijos del causante que tengan derecho a pensión 50% (sube a 60% cuando los hijos dejan de recibir el beneficio)
Conviviente civil sin hijos comunes y con hijos del causante que tengan derecho a pensión 15%

Ahora bien, ¿qué hay de quienes se pensionaron con Renta Vitalicia? En este caso, y siempre que el titular haya contratado el Período Garantizado, la pensión de viudez corresponde al 100%, hasta que se acabe esta condición especial de cobertura.

Saber de cuánto es la pensión de viudez en Chile es clave para organizar las finanzas ante la partida del ser querido afiliado al sistema de AFP y, así, comenzar a planificar la vida en su ausencia.

Cabe señalar que, al hablar de quién recibe la pensión de viudez, los hijos con derecho a pensión son aquellos solteros menores de edad, o estudiantes menores de 24 años. Y también entran dentro de esta categoría aquellos declarados inválidos por una Comisión Médica antes de cumplir 18 o 24 años, independientemente de la edad que tengan a la hora del fallecimiento del afiliado.

¿Cuáles son los requisitos para cobrar pensión de viudez?

En el caso de los matrimonios, el principal requisito para cobrar este beneficio es haber contraído matrimonio con el afiliado al menos seis meses antes del fallecimiento, pero si se encontraba pensionado, el periodo mínimo de tiempo sube a tres años.

Cabe señalar que estas limitaciones no aplican si quien recibe pensión de viudez se encontraba embarazada en el momento del fallecimiento, o queda con hijos comunes.

Para los convivientes civiles, los requisitos son:

  • El Acuerdo de Unión Civil (AUC) debe estar vigente al momento de la defunción.
  • El acuerdo en mención debe haber sido celebrado al menos un año antes del fallecimiento si el afiliado era imponente activo.
  • O tres años mínimo si el acuerdo se contrajo cuando el fallecido era pensionado.

Sumado a lo anterior, al momento de realizar el trámite debes presentar lo siguiente:

  • Fotocopia de la cédula de identidad vigente.
  • Solicitud de pensión de sobrevivencia.
  • Solicitud de cálculo del bono de reconocimiento (o declaración jurada simple que indique que el titular no tiene derecho a este).
  • Declaración jurada simple de los beneficiarios de la pensión de sobrevivencia.
  • Certificados de estudios de los hijos.
  • Informe social que acredite que el cónyuge sobreviviente vivía a expensas del titular.
  • Parte policial.
  • Declaración jurada que señale las circunstancias del fallecimiento del afiliado.

El trámite lo haces en una oficina de la AFP a la que estaba afiliado el fallecido, en una sucursal de ChileAtiende o en dependencias de la Compañía de Seguros con que haya contratado una Renta Vitalicia. Pero si se trataba de un pensionado en Penta Vida, solo debes completar un sencillo formulario online.