A la hora de pensar en tu jubilación, las dos principales modalidades de pensión son la Renta Vitalicia y el Retiro Programado. Ahora bien, ¿qué pasa si, estando en una, quieres pasarte a la otra?

Para responder a esta pregunta lo primero es entender bien en qué consiste cada una de estas modalidades de pensión:

Renta Vitalicia

En esta alternativa, traspasas el saldo de tu Cuenta de Capitalización individual a una Compañía de Seguros de Vida, la cual se compromete a pagarte una renta mensual fija -expresada en UF- hasta el día de tu fallecimiento. Una vez sucede esto, la pensión pasará a los beneficiarios legales.

Retiro Programado

Bajo esta modalidad, tus ahorros previsionales son gestionados por una AFP. El monto no es fijo y se actualiza cada año en función del saldo que tengas ahorrado, la rentabilidad de las inversiones de los fondos, la tasa de interés vigente y tus expectativas de vida.

La diferencia principal entre las dos modalidades es que, en el Retiro Programado el monto de la pensión es variable; mientras que el valor de la Renta Vitalicia es fijo.

Esto permite que -normalmente- el monto inicial de una pensión con Retiro Programado sea mayor, pero tiende a disminuir en el tiempo por dos razones:

  • Depende de la rentabilidad de las inversiones del fondo.
  • El saldo de la Cuenta de Capitalización es menor cada año.

En cambio, la Renta Vitalicia es una modalidad de jubilación que ofrece una pensión sostenida en el tiempo y, al estar tasada en UF, se encuentra protegida contra la inflación.

¿Es posible cambiarse de modalidad de pensión?

Si te pensionas en Renta Vitalicia no puedes pasarte a Retiro Programado. Como ya se señaló, esta modalidad es irrevocable porque traspasas a la Compañía de Seguros de Vida los fondos de tu cuenta previsional, a cambio de que ésta se comprometa a otorgar una pensión fija de por vida.

En cambio, si tienes un Retiro Programado sí puedes pasarte a Rentas Vitalicias. Incluso los beneficiarios pueden hacer este cambio, siempre que las rentas mensuales pactadas sean iguales o mayores a las pensiones básicas solidarias.

¿Cómo jubilar con Renta Vitalicia si ya estás pensionado en Retiro Programado?

El procedimiento para realizar el cambio es bastante sencillo:

  • Manifestar tu intención a través del formulario “Solicitud de Cambio Modalidad de Pensión” en tu AFP.
  • Una vez recibido el formulario, la administradora debe emitir el correspondiente Certificado de Saldo dentro de los 10 días hábiles.
  • Luego de consultar el SCOMP, puedes cambiar firmando el formulario “Decisión de Cambio Modalidad de Pensión”.

Una vez firmas este formato, la administradora notifica a la Compañía de Seguros de Vida la aceptación de la oferta, y procede a transferir los fondos de la cuenta de capitalización individual.  

Los beneficios de realizar este cambio son muchos, pero los principales son la seguridad que te brinda la Renta Vitalicia hasta el día de tu fallecimiento, e incluso después al garantizarle ingresos a tus beneficiarios legales. Algo muy importante si consideras que las expectativas de vida son cada día mayores.

En la práctica, la Compañía de Seguros de Vida es la que asume el riesgo de la extensión de tu pensión, algo que no sucede con el Retiro Programado, en donde tus ingresos por jubilación serán cada año menores.

En definitiva, una Renta Vitalicia sería la mejor opción para ti si no cuentas con ingresos adicionales que te permitan gestionar el riesgo asociado a las variaciones de la economía. Así, tener un ingreso fijo y garantizado en el tiempo permite tener mayor tranquilidad para esta etapa de tu vida.