¿La Renta Vitalicia es heredable o no? Esta es una duda frecuente de los afiliados al sistema AFP de Chile.

Para solucionar la duda, lo primero que debes tener presente es que las Rentas Vitalicias en Chile son una modalidad de pensión en la que entregas los ahorros de tu cuenta individual a una aseguradora de vida que se compromete a pagarte de por vida un monto fijo, expresado en Unidades de Fomento (UF), y, posterior a tu fallecimiento, una parte a tus beneficiarios de sobrevivencia por los tiempos estipulados en la ley.

En ese sentido, bajo la modalidad de Renta Vitalicia no existe la opción de heredar

La Comisión para el Mercado Financiero (CMF), señala que “los fondos traspasados a la compañía de seguros constituyen la prima o precio de la renta contratada y pasan a ser de su propiedad, por lo que al fallecimiento del asegurado o del último de los beneficiarios con derecho a pensión, termina la renta vitalicia y cesa la responsabilidad de la compañía de seguros, no generando derecho a herencia”.

En síntesis, no puedes dar en herencia unos fondos que no te pertenecen. Ese es el costo de la seguridad financiera que te garantizan las rentas vitalicias en Chileque son las que asumen el riesgo de sobrevida de los afiliados y, a diferencia de las AFP, garantizan el mismo monto pensional hasta el día de su muerte, independientemente de la fecha en que se dé.  

Sin embargo, hay medidas para dejar fondos a los herederos legales

En la práctica, la Renta Vitalicia es un seguro comprado con los ahorros previsionales, que te paga una renta mensual durante tu jubilación y, posterior a tu fallecimiento, una parte una a tus beneficiarios de sobrevivencia.

Como tal, y teniendo en cuenta que esos fondos constituyen la prima, puedes contratar coberturas especiales para que tus herederos legales reciban, luego de tu fallecimiento, las rentas garantizadas no percibidas:

Período garantizado

Se trata de establecer un periodo de tiempo en el que, si el afiliado fallece, la Compañía de Seguros de Vida paga a los beneficiarios o herederos legales el 100% de las rentas no percibidas, mientras se continúa con el pago de las pensiones de sobrevivencia en los porcentajes establecidos por la ley.

Ese periodo garantizado de la renta vitalicia se establece en la póliza y puede ser de 10, 15, 20 o 25 años, elegido libremente por ti en calidad de pensionado.

Con esta cobertura se puede decir que, en la práctica, la renta vitalicia puede ser heredable. De hecho, en el largo plazo suele ser más rentable y los fondos desembolsados a los herederos legales están libres de impuesto de herencia.

 

Gracias a esta cobertura especial, las Rentas Vitalicias en Chile se consolidan como una excelente modalidad de pensión. Además de asegurarte estabilidad económica de por vida, te brinda la posibilidad de dejar recursos financieros a tus seres queridos una vez falleces.